Sanperhouse · Guía práctica · Revisada por José Antonio Sánchez Pérez, abogado · Actualizado el 25 de septiembre de 2026
Modelo de demanda de juicio verbal (actualizado 2026)
Lo esencial
- El juicio verbal sirve para reclamaciones de hasta 15.000 € que correspondan por cuantía y para las materias específicas del artículo 250 LEC.
- Desde el 3 de abril de 2025, con carácter general hay que intentar antes un MASC: una negociación adecuada y acreditable. Existen excepciones.
- Solo en verbales determinados por cuantía de hasta 2.000 € puedes actuar sin abogado ni procurador por esa excepción. No se aplica a todos los verbales.
- No basta con cambiar el nombre de un PDF antiguo: revisa órgano competente, negociación previa, documentos y petición.
- Empieza por ordenar contrato, pagos, comunicaciones y datos de la otra parte. El modelo de abajo es para una reclamación dineraria sencilla, no para cualquier pleito.
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Si necesitas reclamar dinero que te deben, lo primero es comprobar si tu caso debe seguir un juicio verbal (uno de los procedimientos judiciales para reclamar) y cómo demostrar que has intentado un acuerdo antes de demandar. Aquí encontrarás una guía y un modelo original para organizar el escrito. No presentes una plantilla sin adaptarla: un desahucio, un asunto de consumidores o una reclamación de comunidad pueden tener requisitos específicos.
1. Cuándo procede el juicio verbal
El nombre puede engañar: el procedimiento comienza por escrito. Según el artículo 250.2 LEC, corresponde por cuantía cuando lo reclamado no excede de 15.000 € y la materia no está reservada al juicio ordinario. Las reclamaciones de importe indeterminado no entran automáticamente en este cauce.
El artículo 250.1 establece además materias que siguen juicio verbal cualquiera que sea su cuantía, como determinados desahucios, la tutela sumaria de la posesión, las acciones individuales sobre condiciones generales de contratación o las reclamaciones exclusivamente dinerarias de propiedad horizontal. Cada una puede tener reglas propias. Consulta el artículo 250 LEC.
Si la deuda consta en documentos, conviene valorar también si procede un proceso monitorio. No son formularios intercambiables: elegir el cauce afecta a la solicitud, la oposición y los pasos siguientes.
2. Antes de demandar: el requisito del MASC
Un MASC es un medio adecuado de solución de controversias. Desde el 3 de abril de 2025, la LO 1/2025 exige, con carácter general, acudir a uno antes de presentar demandas civiles. No obliga a aceptar un acuerdo: exige un intento de negociación que reúna los requisitos legales. El objeto negociado debe coincidir con el conflicto que llevas al tribunal.
Qué formas de negociación pueden servir
- Negociación directa entre las partes o entre sus abogados, bajo sus instrucciones y con su conformidad.
- Mediación o conciliación, de acuerdo con su regulación.
- Opinión neutral de una persona experta independiente, oferta vinculante confidencial o Derecho colaborativo, con sus requisitos específicos.
Una reclamación genérica o una llamada sin constancia no deben darse por suficientes sin revisar el caso. Si envías una invitación a negociar, identifica a las partes, concreta el conflicto y utiliza un medio que permita acreditar recepción, fecha y acceso al contenido. En la oferta vinculante confidencial se exige asistencia letrada salvo las excepciones del artículo 6.2; no la confundas con una simple petición de pago.
Cómo acreditar el intento sin revelar lo confidencial
El artículo 10 permite acreditar la negociación mediante un documento firmado por las partes o, en su defecto, un documento que pruebe que la destinataria recibió la invitación o propuesta, cuándo y con acceso a su contenido íntegro. Si interviene un tercero neutral, este expide la certificación con los datos exigidos por la norma. Conserva esa prueba y acompaña la que corresponda a la demanda.
La negociación es confidencial en los términos del artículo 9. Acreditar el intento no autoriza a volcar en el pleito todas las ofertas y concesiones. Separa la prueba del requisito de procedibilidad de la documentación reservada de la negociación. Artículo 10 de la LO 1/2025.
Excepciones y plazos que no debes confundir
No todos los procedimientos exigen MASC. Entre las excepciones del artículo 5 están la tutela civil de derechos fundamentales, determinadas medidas de protección de menores, la tutela sumaria posesoria y el juicio cambiario. Tampoco se exige para una demanda ejecutiva ni para solicitar medidas cautelares previas. Las materias penal, laboral y concursal quedan fuera del ámbito del título II. La lista completa y las reglas especiales deben comprobarse; no hay una excepción general solo por reclamar menos de 2.000 €.
- 30 días naturales sin primera reunión/contacto o respuesta escrita: desde que la otra parte recibe la solicitud inicial, puede entenderse terminado el intento sin acuerdo en los términos del artículo 10.4. También hay otras causas de terminación, como la comunicación escrita de cierre o tres meses desde la primera reunión sin acuerdo.
- Un año para aprovechar ese intento: el artículo 7.3 cuenta desde la recepción de la solicitud no contestada o, si hubo negociación, desde su terminación sin acuerdo. No significa que todas las acciones prescriban al año ni que puedas ignorar su caducidad.
- Prescripción y caducidad: la negociación puede interrumpir o suspender plazos según el artículo 7. Calcula el tuyo con los justificantes; las medidas cautelares tienen reglas específicas.
3. Abogado, tribunal competente y presentación
Los artículos 23 y 31 LEC permiten prescindir de abogado y procurador en los juicios verbales determinados por cuantía que no exceda de 2.000 €. Si supera ese importe, su intervención es preceptiva en este cauce. La excepción no se extiende por ese motivo a los verbales determinados por materia. El artículo 437.2 permite una demanda sucinta y ofrece impresos normalizados en el órgano judicial o en la sede judicial electrónica cuando se actúa sin esos profesionales.
El encabezado actual se dirige al Tribunal de Instancia, Sección Civil del partido judicial competente; donde exista una sección conjunta, será la Sección Civil y de Instrucción. No elijas automáticamente Madrid ni el domicilio del demandante: los artículos 50–52 LEC y las reglas especiales determinan la competencia territorial. En asuntos especializados puede corresponder otra sección.
Los profesionales de la justicia y las personas jurídicas, entre otros sujetos, deben utilizar medios electrónicos. Una persona física sin procurador que no esté legalmente obligada puede elegir, conforme al artículo 273 LEC. Utiliza el registro o la sede judicial habilitada para el órgano competente; un correo ordinario o el formulario de un despacho no presentan una demanda. Conserva el justificante de registro.
4. Documentos y datos que conviene preparar
- Identificación y domicilio de demandante y demandado; datos disponibles para localizar y citar a la otra parte, sin inventar ninguno.
- Contrato, presupuesto aceptado, factura, justificantes de pago y comunicaciones que expliquen el origen y vencimiento de la deuda.
- Cálculo separado y comprensible de principal e intereses que legalmente procedan; no añadas recargos sin fundamento.
- Documento acreditativo del MASC o justificación de la excepción aplicable. Si no puedes localizar a la otra parte, consulta cómo documentar esa imposibilidad antes de presentar el escrito.
- Documentos numerados e índice; representación cuando corresponda. Revisa los artículos 264 y 265 LEC, porque no siempre podrás aportar después lo que omitas al inicio.
5. Modelo propio de demanda de juicio verbal
Ámbito del ejemplo: reclamación civil dineraria sencilla, por cuantía no superior a 2.000 €, presentada por una persona física sin abogado ni procurador cuando resulte admisible. No sirve sin adaptación para arrendamientos, consumidores con reglas especiales, comunidades, asuntos de familia ni reclamaciones de mayor importe. Completa los huecos [___] y elimina las instrucciones que no procedan.
AL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [___]
SECCIÓN CIVIL QUE POR TURNO CORRESPONDA
D./D.ª [___], con documento de identidad [___], domicilio a efectos de notificaciones en [___] y datos de contacto [___], comparezco en mi propio nombre y expongo:
Formulo DEMANDA DE JUICIO VERBAL en reclamación de [___] euros frente a D./D.ª [___] / la entidad [___], con domicilio en [___], con base en lo siguiente:
HECHOS
Primero. Origen de la deuda. En fecha [___] las partes acordaron [___]. Mi prestación consistió en [___]. Se acompaña como documento n.º [___] el [contrato u otro justificante: ___].
Segundo. Cantidad y vencimiento. La obligación de pago venció el [___]. El importe debido es [___], calculado de la siguiente forma: [___]. Se han abonado [___] euros y queda pendiente [___]. Se aportan los documentos n.º [___].
Tercero. Negociación previa. El [___] se intentó resolver este mismo conflicto mediante [modalidad de MASC: ___]. La invitación se recibió el [___] y el intento terminó sin acuerdo el [___] por [___]. Se adjunta la acreditación como documento n.º [___], respetando la confidencialidad de la negociación. [Si existe una excepción legal, sustituir este hecho por su fundamento concreto y la documentación que proceda.]
FUNDAMENTOS
Competencia. Corresponde conocer a este Tribunal por [explicar la regla territorial y objetiva aplicable: ___].
Procedimiento y comparecencia. La cuantía es de [___] euros y corresponde juicio verbal por cuantía conforme al artículo 250.2 LEC. Al no exceder de 2.000 euros, comparezco sin abogado ni procurador conforme a los artículos 23.2.1.º, 31.2.1.º y 437.2 LEC.
Fondo y procedibilidad. Mi derecho a exigir el pago se basa en [obligación y fundamento jurídico aplicable: ___]. El requisito de negociación previa se acredita conforme a [___] / concurre la excepción [___].
SOLICITO AL TRIBUNAL
Que tenga por presentada esta demanda con sus documentos y, tras los trámites legales, dicte sentencia condenando a la parte demandada a pagar [___] euros, los intereses que procedan conforme a [fundamento y fecha inicial: ___] y las costas si legalmente corresponde.
Sobre la vista, si procede: considero necesaria su celebración porque [___]. Esta indicación no sustituye la proposición de prueba ni las alegaciones que correspondan en el trámite del artículo 438 LEC.
Documentos: 1. [___]. 2. [___]. 3. [___].
En [___], a [___].
Firma: [___].
6. Vista, pasos y plazos del procedimiento
El RDL 6/2023 cambió la tramitación del verbal y la LO 1/2025 volvió a modificarla. No uses sin comprobarlo el antiguo esquema que dependía únicamente de pedir vista en demanda y contestación. En el artículo 438 vigente, tras la contestación o el transcurso del plazo, se abre la fase común de proposición de prueba; el tribunal resuelve después sobre su admisión y la pertinencia de la vista.
Como demandante, puedes explicar por qué consideras necesaria la vista, vinculándolo a la prueba que pretendes practicar, en el trámite correspondiente. La indicación orientativa incluida en el modelo no es un requisito general obligatorio de la demanda ni sustituye ese trámite. Si solo se admiten documentos no impugnados ya aportados, o determinados informes periciales sin necesidad de comparecencia del perito, el artículo 438.10 prevé sentencia sin vista.
- Admisión y contestación: como regla del artículo 438.1, el demandado dispone de 10 días para contestar tras el traslado. No es un plazo de 10 días para resolver tu reclamación.
- Proposición de prueba: plazo común de 5 días tras la diligencia que lo concede; hay una previsión especial si se anunció un informe pericial. Las impugnaciones previstas en el artículo 438.9 tienen un plazo posterior de 3 días.
- Si hay vista: el artículo 440 prevé citar dentro de los 5 días siguientes y celebrar la vista en un máximo de un mes. Son previsiones legales, no una estimación del funcionamiento real de cada tribunal.
- Cómputo: los plazos procesales señalados por días se calculan con las reglas de días hábiles y notificación de la LEC. No cuentes igual los 30 días naturales del MASC. Lee siempre la resolución recibida.
La duración total depende de admisión, notificaciones, incidencias, prueba y carga de trabajo. No se puede prometer una fecha de finalización. Si no obtienes pago voluntario tras una resolución favorable, puede ser necesario solicitar su ejecución.
7. Errores que conviene evitar
- Reutilizar el límite antiguo de 6.000 € o un modelo que omita el MASC.
- Confundir juicio verbal con una comparecencia oral sin escrito, documentos ni plazos.
- Mandar una invitación vaga sin poder acreditar su recepción, o revelar ofertas confidenciales en la demanda.
- Pedir una cantidad sin desglose, intereses automáticos sin base o dirigir el escrito a un órgano incorrecto.
- Dejar pasar notificaciones por creer que ya está todo hecho al presentar la demanda.
- Convertir un simple impago contractual en una denuncia penal: no todo incumplimiento es delito.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar 3.000 € sin abogado ni procurador?
En un juicio verbal determinado por cuantía, no: la excepción permite actuar sin ambos profesionales cuando la cuantía no excede de 2.000 €. Que el procedimiento sea verbal no elimina por sí solo su intervención.
¿El límite del juicio verbal sigue siendo 6.000 €?
No. El límite general por cuantía es de 15.000 €, siempre que el asunto no deba tramitarse por otra vía por razón de la materia. El artículo 250 LEC también enumera materias de juicio verbal con independencia de su importe.
¿Puedo demandar sin intentar un acuerdo?
Como regla general, debes acreditar un intento previo de negociación adecuado al conflicto. Hay excepciones legales: comprueba los artículos 3 y 5 de la LO 1/2025 y las reglas específicas de tu reclamación antes de presentar la demanda.
¿Siempre habrá una vista?
No. El tribunal decide si procede celebrarla tras el trámite de proposición y admisión de prueba. Si solo se admiten documentos ya aportados y no impugnados, puede dictar sentencia sin vista en los términos del artículo 438.10 LEC.
¿Este modelo sirve para un desahucio?
No está diseñado para ello. Es un modelo orientativo de reclamación dineraria sencilla por cuantía. Los desahucios tienen requisitos y trámites específicos que necesitan un escrito adaptado.
Fuentes oficiales y fecha de consulta
Normativa consultada el 25 de septiembre de 2026. Comprueba el texto consolidado y las circunstancias de tu caso antes de presentar un escrito.
- LEC consolidada: artículos 23, 31, 50–52, 130, 133, 250, 264–265, 273, 399 y 437–447
- LO 1/2025: artículos 3–10, reforma procesal y Tribunales de Instancia
- Real Decreto-ley 6/2023: reforma del proceso civil
Este modelo es orientativo y no sustituye el asesoramiento de un abogado.
Cada asunto exige revisar los hechos, la documentación y las normas aplicables.
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